LA SEGURIDAD DEL SENTIDO COMÚN Y LA COHERENCIA

En estos días hemos asistido a un bombardeo de noticias, opiniones y teorías de las más diversas procedencias, aunque todas referidas al mismo tema, La seguridad en eventos masivos y la tragedia del Madrid Arena.

De los medios de Comunicación.

Es triste ver como, ante cualquier situación de “crisis”, utilizan cualquier medio a su alcance para convertir una tragedia en un circo mediático, donde cualquiera puede hablar de seguridad y procedimientos sin tener conocimientos ni vinculación al sector.

Lo triste del tema, no es ver como estos personajes se prestan a aparecer dando sus opiniones, plagiando frases de terceros, que luego no saben argumentar, sino que ocupen la programación diaria con el beneplácito de las diferentes cadenas.

Aún a día de hoy, sigo esperando un programa didáctico, donde se sienten expertos de protección civil y seguridad, y nos expliquen como se elabora y que contenidos debe tener un Plan de Seguridad para un gran evento, como se coordinan los diferentes operativos, medidas de autoprotección personal en caso de incidentes….

Apelemos a la lógica y la cordura, una tragedia es inevitable pero Ustedes deben ser parte activa en la prevención y la seguridad de los eventos futuros, y utilizar todos los medios a su alcance para informar y educar a la población en aquellos aspectos básicos que pueden salvar su vida o la de terceros.

Humildemente, estoy seguro que tendrían la misma o más audiencia, si los programas relacionados con la tragedia, además de información objetiva, ofrecieran un contenido didáctico dirigido a formar al público en materia de seguridad y autoprotección personal.

De la titulación y la formación.

Bienvenidos al País de los títulos y la formación escasa. Es común que ante cualquier circunstancia, nos presenten un curriculum, que más bien parece un catálogo de un centro formativo,  que nos exijan que un experto titulado firme un proyecto o que para acceder a estudios determinados tengamos que tener una titulación previa. Mi pregunta es, ¿Poseer una titulación es equivalente a estar formado? ¿Qué un proyecto de seguridad venga firmado por un experto titulado es suficiente para darlo por bueno?

Estamos en un panorama en que la formación a distancia se ha descontrolado de tal manera, que se ha convertido en un nicho de negocio fácil, donde no ha primado la calidad sino la cantidad de dinero que se podía obtener únicamente por rellenar un cuestionario y dejar un ordenado conectado una serie de horas, todo para certificar que esa persona había realizado con aprovechamiento un curso y cobrar las correspondiente subvenciones

Así, nos encontramos noticias de venta de títulos que dan opción a un puesto de trabajo, que en muchas ocasiones lleva aparejada la seguridad de terceros, o cursos tan curiosos como la especialidad de guía canino a distancia, en los cuales nos enseñan como manejar un perro de seguridad a través de una plataforma online.

Parte de estos problemas se generan por una mala legislación, por un descontrol exagerado de los cursos subvencionados y por el fomento de una cultura donde se prima en sobremanera la cantidad de títulos que tenemos frente a la formación real y la calidad de esta, los créditos y horas de estudio sobre la experiencia acumulada sobre el terreno.

Es triste tener titulados de todas clases, que nos recitan artículos completos de los diferentes textos legales como si los hubieran redactado ellos mismos, sin ninguna experiencia real sobre el terreno, y que se aventuran a firmar documentos y planes de seguridad, en muchas ocasiones sin conocimiento real del evento o de las instalaciones,  y que pueden incidir de manera determinante sobre la seguridad, la vida o la muerte de personas.

Desde Civittas pedimos que la formación, y muy especialmente, aquella en la que prima la seguridad de terceros sea controlada de forma rigurosa, que los contenidos fijados sean evaluados por comisiones profesionales y competentes, y que se dé una mayor importancia a la formación práctica frente a la teórica, con simulacros de situaciones reales y bajo estrés.

Se debe formar conforme a la realidad de la situación a afrontar y en ningún caso sobre situaciones ideales de estudio. Un ejemplo de esto lo tenemos en el manejo del arma corta, donde la formación en seguridad privada, consiste en un ejercicio de tiro a cierta distancia sin ningún tipo de presión, movimiento, agentes externos    que afectan…. Esto da lugar a que en un enfrentamiento real, la respuesta no sea adecuada y en la mayoría de casos pueda resultar en tragedia para uno mismo o para terceros. Nunca seremos capaces de generar una respuesta adecuada ante una acción, si con anterioridad no la hemos entrenado y mecanizado.

De la responsabilidad del empresario y la Administración.

Hemos escuchado estos días que los empresarios solo se preocupan de ganar dinero, que reducen costes donde no se deben reducir, que no tiene escrúpulos ni cargos de conciencia… Y, probablemente, sea verdad, pero debemos tener claro que la obligación legal de cualquier empresario es la de rentabilizar su negocio.

Esta obligación legal de rentabilizar el negocio queda limitada por la legislación y los controles de la Administración, en todas sus fases.

Es obligación de la Administración mantener una normativa de mínimos que permita la ejecución y rentabilidad lógica de cualquier proyecto, pero que a su vez garantice la seguridad de los asistentes.

Esa normativa que regule las actividades no puede ser ambigua o que pueda dar lugar a interpretaciones subjetivas, así, una ley, que establece que se debe garantizar la seguridad de los asistentes, da lugar a que la seguridad mínima a aplicar a un evento sea muy diferente según quien la analice.

No obstante lo anterior, a pesar de la inconcreción, se estable que la Administración revisará los contenidos de cualquier autorización. La revisión debe ser objetiva, profesional y realizada por personal cualificado, no dando por hecho, que al venir firmada por un “Experto

Cualificado”, es correcta en su formulación.

Finalmente, también es responsabilidad de la Administración la verificación, , implicando esto, que en caso de que durante el eventos se relajen las mismas o se incumplan, de pie a la paralización de cualquier actividad que se esté realizando.

De los locales de ocio.

Parece ser que uno de los puntos que ha llamado más la atención, ha sido mi propuesta de regular la seguridad en los pequeños locales de ocio.

Voces pertenecientes al sector han señalado la baja rentabilidad del mismo en caso de tener que contratar personal de seguridad.

Actualmente la mayoría de locales prefieren los controladores de acceso, con una legislación relativamente joven y con una clara delimitación de funciones de los mismos. Aunque parezca mentira, el motivo no es económico, ya que, en la mayoría de los casos, se factura más por un portero que por un vigilante.

Uno de los motivos más representativos a la hora de decantarse por un portero, suele ser el de la uniformidad del vigilante, la cual, suelen presentar como agresiva y con un halo de rechazo hacia el Cliente. ¿Me pregunto si resulta más agresivo un señor uniformado o un señor 4×4, rapado, y en muchas ocasiones, de otras nacionalidades?

Por otro lado, los porteros de discoteca, para su habilitación, no requieren de formación contra incendio, primeros auxilios…. Formación necesaria para la correcta comprobación de las medidas de seguridad del local y asistencia en caso de emergencia.

Como operativa inicial a la apertura del local, se debe realizar una inspección de los equipos contra incendios, puertas de emergencia, botiquín…

Hasta aquí, dirán, esas funciones, con la correcta formación, las puede realizar un portero. Pero, llega la hora del acceso del público, en ningún caso, con formación o sin ella, la ley permite al portero realizar cacheos para prevenir la entrada de objetos que puedan causar daños o ser un problema para la seguridad….. ¿Estamos garantizando la seguridad de los asistentes tal y como dice la ley?

Por otro lado, en caso de incidente dentro de la sala que afecte a la seguridad, el portero no podrá actuar legalmente, al no estar facultado para las actividades de seguridad privada. Más allá del tiempo de respuesta al incidente, generado por el tiempo que tarde las fuerzas y cuerpos de seguridad en llegar, da lugar a la inseguridad de la clientela del local. Claro, siempre podemos decir, que todos sabemos que aunque la ley no lo permite, los porteros si realizan tareas de seguridad…pue bien, en este caso nos podemos encontrar con problemas para el propio portero, por realizar actividades que no le son permitidas, incurriendo en responsabilidad civil y/o penal, además de la responsabilidad en la que incurre el propio local, y la falta de cobertura de los seguros.

Seamos coherentes y digamos las cosas por su nombre, sin entender porqué, el ocio nocturno prefiere un portero a un vigilante, pero desde luego, las razones que esgrimen no se mantiene ante ningún análisis, y por otro lado, nadie ha dicho que no sea compatible tener un vigilante y varios porteros que lo auxilien.

De la funciones de los auxiliares y los vigilantes.

Mucho se ha hablado de vigilantes, auxiliares, intrusismo….

En primer lugar cabe explicar que ambos colectivos tienen unas funciones bien delimitadas legalmente, y que no todos los puestos de un plan de seguridad, deben ser obligatoriamente cubiertos por un vigilante.

Dicho esto, y atendiendo a los costes, lo que ha de quedar claro, es que puntos deben ser cubiertos por vigilantes, y que otros lo deben ser por personal auxiliar, verificando, las Autoridades, que el plan de seguridad en este punto se cumple al 100%.

En todo caso, tanto vigilantes como auxiliares, deben conocer perfectamente cual es su cometido en el punto asignado y el protocolo de actuación en función de las diferentes situaciones que se den.

En este caso,  con motivo de una mejor coordinación en el plan de seguridad, y especialmente en caso de emergencia, creemos firmemente que el dispositivo de seguridad debería ser conformado por una sola empresa o grupo, la legislación actual no permite a las empresas de seguridad tener personal auxiliar contratado, siendo recomendable la inclusión de la figura del auxiliar de seguridad dentro de la normativa de seguridad privada, con un delimitación clara de funciones y que, por un lado favorezca la competitividad de las empresas de seguridad frente a las «piratas», y por otro, que mejore la coordinación en este tipo de eventos. Todo esto repercutirá en un descenso del intrusismo, una delimitación más clara de responsabilidades y funciones, así como una mayor competitividad de las empresas del sector.

De las medidas de autoprotección de los espacios públicos.

No vamos a recordar que cualquier espacio de este tipo debe contar con un plan de autoprotección donde se recojan todos los procedimientos, equipamientos y medidas  que garanticen la seguridad del máximo aforo permitido.

Cabe destacar que cuando se realiza este plan de autoprotección se hace en base a un uso, distribución y condiciones determinadas, y que en caso de variar estas, puede dejar de ser adecuado.

No es lo mismo evacuar a gente sentada en localidades, con desplazamientos más o menos lentos por pasillos, que a una masa de gente homogénea, en condiciones dudosas, y que quieren salir lo más rápido posible.

En el caso de usos distintos al proyectado, se debe rediseñar el plan, especialmente en lo que a procedimientos y evacuación se refiere, teniendo especial incidencia sobre el aforo máximo permitido, teniendo en cuenta que la velocidad de desplazamiento de la gente hacia las salidas de emergencia puede variar de manera considerable.

Por otro lado, el conocimiento de las instalaciones y procedimientos de emergencias, es básico para la correcta aplicación de cualquier plan. Así, cuando una persona va a un evento en un recinto, por desconocimiento del mismo, tiene como única referencia de escapatoria el lugar por el que ha accedido.

Bajo nuestro punto de vista, al igual que se hace en los aviones, antes de comenzar cualquier evento, y una vez el público en el interior del espacio, se deberían proyectar por pantallas y megafonía las medidas básicas de emergencia, indicar las salidas y unos consejos básicos de autoprotección para los asistentes.

De la formación para la ciudadanía.

En muchos casos, suceden tragedias irreparables por desconocimiento de unas normas básicas que toda persona debiera conocer.

Al igual que se fomenta la educación vial en las escuelas en edades tempranas, se debería dar una formación básica en protección civil y primeros auxilios.

El hombre es gregario por naturaleza y acude a eventos masificados de toda índole, centros comerciales, discotecas, conciertos, eventos deportivos… podemos evitar muchas muertes si evitamos comportamientos erróneos.

El pánico y el miedo, es en la mayoría de casos, provocado por el desconocimiento, una correcta información y la adecuada formación, hará de cualquier evento, un situación mucho más segura.

De la didáctica de la seguridad.

En muchos casos, la guerra de precios, que no favorece nada a la profesionalidad del sector, viene determinada por el propio Cliente. Son pocos, en general, los Clientes que necesitando un servicio de seguridad, conocen las peculiaridades de este, y a  la hora de valorar un presupuesto, su único parámetro objetivo es el precio.

Es tarea de las empresas de seguridad, asociacione y entidades relacionas, llevar a caob, en su día a día, una labor didáctica de cara al Cliente, explicando los pormenores de los servicios y que puntos son relevantes a la hora de valorar el presupuesto de una empresa de seguridad. Si el Cliente tiene claro lo que ha de proteger y contratar, acabará valorando más la idoneidad del presupuesto y cobertura del servicio ofrecido, que los 20 céntimos por hora de diferencia.

Cualquier servicio tiene un precio razonable en función de su calidad, no podemos pedir calidad a precio de saldo, pero támpoco podemos ofrecer esa claidad si el Cliente no tiene una manera objetiva de valorarla.

Cristóbal Alzamora.