SEGURIDAD PARA DISCOTECAS Y LOCALES DE OCIO

Control de Accesos – Vigilantes de Seguridad – Requisas – Seguridad en Sala

La seguridad en locales de ocio, especialmente nocturnos, requiere de un personal con unas características, experiencia, aplomo y formación específicas. La concurrencia de alcohol, drogas y euforia favorecen incidentes continuos de sobra conocidos por todos.

Seguridad para locales de ocio y discotecas en Madrid

Los vigilantes de seguridad de CIVITTAS intentan atajar este tipo de situaciones antes de que se produzcan o lleguen a mayores, con actuaciones proporcionadas, meditadas y controladas, pero no por ello menos contundentes.

A la hora de decantarse entre un vigilante de seguridad o un «portero» al contratar seguridad para su local, debe tener en cuenta una serie de puntos, legales y de garantías, que harán de su elección la correcta.

Responsabilidades.

  • En todos los espectáculos o actividades recreativas en que puedan producirse concentraciones superiores a 100 personas, la empresa deberá disponer de personal encargado de vigilancia, al que encomendará el buen orden en el desarrollo del espectáculo. Se comunicarán a la autoridad gubernativa y a la municipal los datos de identificación y las altas y bajas de éste personal, que podrá recibir órdenes de las mismas o de sus agentes para el mejor cumplimiento de su función.
  • Los titulares de los establecimientos y locales o de las respectivas licencias, y los organizadores de los espectáculos públicos y actividades recreativas serán responsables solidarios del desarrollo de la actividad de control de acceso a aquellos.

El hecho de contratar personal no cualificado para las funciones a realizar, o hacerlo de manera insuficiente para garantizar la seguridad de público, personal e instalaciones, conllevará para el titular del propio local la responsabilidad civil y/o penal, de todos aquellos incidentes que se dieran durante la actividad.

Funciones del personal de control de accesos (Porteros)

Se entiende por personal de control de acceso aquel que ejerce las funciones de admisión y control de acceso del público al interior de determinados establecimientos públicos, espectáculos públicos o actividades recreativas y que se encuentra bajo la dependencia de la persona titular u organizadora de estas actividades.

En ningún caso el personal de control de acceso puede asumir o ejercer las funciones de servicio de seguridad.

Funciones:

  • Dirigir y asegurar la pacífica entrada de personas al establecimiento público, espectáculo público o actividad recreativa, con el fin de que no perturben el desarrollo del espectáculo o la actividad recreativa que se realice.
  • Comprobar la edad de las personas que pretendan acceder al local cuando sea procedente.
  • Controlar la adquisición de la entrada o localidad por parte de los asistentes al establecimiento.
  • Controlar en todo momento que no se exceda el aforo autorizado.
  • Requerir la intervención del personal del servicio de vigilancia del establecimiento, si lo tuviera, o en su defecto, de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para que impida el acceso de las personas que incumplan las condiciones específicas de admisión autorizadas.
  • Controlar el tránsito de zonas reservadas.
  • Vigilar que las bebidas expedidas en el interior del local se consuman dentro del mismo y no sean, en ningún supuesto, sacadas al exterior.
  • Prohibir el acceso del público a partir del horario de cierre del local.
  • Informar inmediatamente al personal de vigilancia, si lo tuviera, o en su defecto, a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, de las alteraciones del orden que se produzcan en los accesos o en el interior del establecimiento, sin perjuicio de las actuaciones que pueda llevar a cabo con el fin de velar por la integridad física de las personas y los bienes, cuando la urgencia lo requiera.
  • Permitir y colaborar en las inspecciones o controles reglamentarios establecidos en la normativa vigente.[/su_box]

Así, los «porteros» no pueden realizar cacheos y/o requisas para evitar el acceso al  local con objetos peligrosos, bebidas, drogas… y tampoco pueden realizar labores de seguridad dentro de la sala, pudiéndose dar dos posibles situaciones que incidiría en materia de responsabilidad sobre el titular de local:

  1. Que el portero se limite a llamar a Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y que en la demora se produzca un incidente grave. El titular de local no habría cumplido con el deber  de asegurar la actividad, con posible responsabilidad civil y/o penal, además de las posibles sanciones administrativas.
  2. Que el portero actúe como servicio de seguridad con resultado de lesiones o similares. Igualmente, no se habría cumplido con el deber  de asegurar la actividad, con posible responsabilidad civil y/o penal además de las posibles sanciones administrativas, al contratar personal de seguridad no habilitado para ello conforme a la normativa vigente..

En ambos casos, además, dejaría te tener cobertura por el seguro de responsabilidad civil de la actividad, al haber incumplido la normativa vigente y/o tener personal contratado realizando tareas que no se son propias o para las que no se encuentra habilitado.

Ventajas de contratar Vigilantes de Seguridad para discotecas y locales de ocio en Madrid:

Todos los supuesto anteriores quedan solventados al contratar Vigilantes de seguridad, en combinación o no con personal de control de accesos, a través de una Empresa de Seguridad Homologada, que además le brindará estas otras ventajas:

  • Seguro de responsabilidad propio de la Empresa para negligencias de su personal o de la propia empresa.
  • Posibilidad de adecuar la Uniformidad al ambiente, previa aprobación de las Autoridades competentes.
  • Suministro de personal si tener que preocuparse de vacaciones, baja laborales ….
  • Empresa y personal supervisado e inspeccionado por Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
  • Mejora de la imagen pública de su local.

Consúltenos, le asesoraremos en la normativa vigente y en la mejor manera de aunar normativa, seguridad y economía de costes para su local de ocio o discoteca de Madrid.