¿Nos pueden obligar a dejar nuestra mochila antes de acceder a un Centro Comercial?

Acceso Centro ComercialUna de las cosas que más molesta a los Clientes de Centros Comerciales o Grandes Superficies, es que el Vigilante de Seguridad les obligue a depositar sus bolsos, mochilas… en taquillas o consignas y les impida el paso en caso de no querer hacerlo. A raíz de esto surgen muchísimas dudas sobre si es legal, si estoy obligado, si me pueden impedir el acceso…

La Unidad Central de Seguridad Privada (UCSP) ha emitido un informe que intenta aclarar esta problemática.

Descargar el informe en PDF: 2014_086 – Informe UCSP sobre acceso a Centros Comerciales con Mochilas

INFORME UCSP Nº: 2014/ 086

Depósito de efectos en taquillas de Centro Comercial

CONCLUSIONES

Del análisis de los preceptos citados, cabe concluir que:  

Dentro de la función preventiva exigida al vigilante de seguridad por las leyes y conforme a los Principios de Actuación, ya indicados, éste debe llevar a cabo las comprobaciones que sean necesarias, atendiendo a las instrucciones que le sean impartidas por el Jefe de Seguridad o el Director de Seguridad del establecimiento,  con el fin de evitar que a las instalaciones se acceda con útiles u objetos que puedan causar daños o desperfectos, o bien, que puedan servir para facilitar la sustracción de los bienes objeto de protección. Las personas que pretendan acceder al interior del establecimiento, quedarán informadas de los requisitos de acceso, y por tanto es optativo de la persona acceder al local, cumpliendo los requisitos, o por el contrario  optar por no acceder, al no estar de acuerdo con someterse a los mismos.

Las taquillas a las que se aluden, y que normalmente se ubican en los accesos a las superficies comerciales, no se consideran medidas de seguridad, sino que son actuaciones preventivas que adopta el responsable de la seguridad del Centro Comercial, y que lo único que requieren es una utilización no contraria al marco legal aplicable.